¿Quieres conocer las consecuencias que tendrá en la próxima declaración de la renta un Erte?
Desde nuestra asesoría en Lugo queremos hacer un pequeño resumen de algunas de las consecuencias que tendrán los Ertes en la próxima declaración de la Renta. Y, para ello, vamos a dividirlo en dos grandes casos:
- Las retenciones aplicadas por el SEPE pueden traer problemas
- Rechazo de una reforma fiscal
Retenciones aplicadas por el SEPE
Las personas que se encuentran, o han vivido un Erte durante esta situación de crisis creada por el coronavirus, se verán afectadas de cara al próximo ejercicio fiscal y en la declaración de la renta.
Primero, tendremos que incidir en que debemos diferenciar entre los “Erte de reducción de jornada y los de suspensión de empleo. En el primer caso, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) pagará su parte correspondiente y la empresa la suya. En el segundo supuesto, será el SEPE el que pague únicamente durante el periodo de vigencia del expediente de regulación de empleo.” (Vía El Economista).
Y, en ambos casos: “las cantidades serán consideradas rendimientos íntegros del trabajo, ya que las prestaciones por desempleo reciben tal condición.
De esta manera, los trabajadores tendrán dos pagadores, eso sí, ¿estarán entonces obligados a declarar? Según leemos en el artículo de El Economista
“La Agencia Tributaria establece que el contribuyente que tiene dos o más pagadores ha de presentar su declaración si sus rendimientos del trabajo superan los 14.000 euros y la cantidad pagada por el segundo pagador (y sucesivos) supera los 1.500 euros. En caso contrario, los rendimientos del trabajo deben superar los 22.000 euros.”
A lo que añadimos que:
“Los trabajadores que han sufrido un Erte tienen dos pagadores, cada uno de los cuales aplicará retenciones del IRPF diferentes. El problema en estos casos llega con el SEPE, que en su propia página web informa de que esta retención será mínima o incluso inexistente: «Es poco probable la retención a cuenta en concepto de IRPF, dado que los importes previstos de prestación no alcanzan el mínimo obligatorio exigido por las normas tributarias para la aplicación de retención». De esta manera, el escenario más habitual es que, dadas las escasas cantidades retenidas en ese periodo del año, en la siguiente declaración de la renta el trabajador se vea obligado a pagar para solucionar esa descompensación en las contribuciones.”
Eso sí, desde el SEPE se informa que los trabajadores tienen derecho a modificar la retención de IRPF para aumentarla, evitando así un mayor impacto en la declaración de la renta del año que viene.
Rechazo de una reforma fiscal por parte del Gobierno
Por su parte, desde el Gobierno han rechazado acometer reforma fiscal alguna para aminorar el impacto del Erte y también el hecho de eliminar la condición de segundo pagador por parte del SEPE. A pesar de las peticiones de la USO.
En palabras de María Jesús Montero, portavoz del consejo de Ministros y ministra de Hacienda, “la reforma fiscal «no está prevista», lo que de esta manera provocará que «los trabajadores contribuirán según lo que les corresponda».
Fuente de información: Ojo con el IRPF si has estado en un Erte: así te afectará en la próxima Renta