Encuadramiento de socios y administradores en el régimen general o autónomos
Alta de administradores en la Seguridad Social
CONTROL
“IURIS ET DE IURE” (Una presunción iuris et de iure es aquella que se establece por leyy que no admite prueba en contrario)
50% PARTICIPACIONES (TITULAR)
“IURIS TANTUM” (las presunciones iuris tantum permiten probar que son erróneas)
50% SUMA DE SUS PARTICIPACIONES, LAS DEL CÓNYUGE Y LAS DE LOS FAMILIARES QUE CONVIVAN HASTA EL SEGUNDO GRADO.
33% SI, DE FORMA INDIVIDUAL, POSEE AL MENOS UNA TERCERA PARTE DEL CAPITAL. ASÍ POR EJEMPLO, UN SOCIO CON UN 40% NO TENDRÁ EL CONTROL EFECTIVO SI EL 60% RESTANTE LO TIENE UN ÚNICO SOCIO. NO OBSTANTE SI LO TENDRÁ SI ESE PORCENTAJE ESTÁ REPARTIDO ENTRE SOCIOS MINORITARIOS.
25% SI TIENE DIRECCION Y GERENCIA TAMBIEN
Socio con control efectivo:
- Administrador activo: RETA
- Administrador pasivo: No cotiza
- Administrador pasivo y trabajador: RETA
- Trabajador: RETA
- Ni administrador ni trabajador: No cotiza
Socio sin control (o no socio)
- Administrador activo: RGSSA
- Administrador activo no retribuido y no trabajador: No cotiza
- Administrador activo no retribuido y trabajador: RGSSA
- Administrador pasivo: No cotiza
- Administrador pasivo y trabajador: RGSS
- Trabajador: RGSS
- Ni administrador ni trabajador: No cotiza
Un administrador pasivo es el que no ejerce tareas de dirección y gestión (sólo asiste a las juntas o firma las cuentas). La Tesorería presume que todos los administradores son activos; para no cotizar deberá acreditar que no lo es y que otra persona realiza las tareas de dirección.
RGSSA: Régimen General como asimilado, sin protección por desempleo ni FOGASA.