El plazo de presentación para solicitar el Ingreso Mínimo Vital comienza el lunes día 15 de junio. Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social, y Migraciones recomiendan que se use para dicho acto los servicios electrónicos de la Sede electrónica de la Seguridad Social para presentar sus solicitudes. Debido a que a consecuencia de la situación sanitaria, los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social permanecen cerrados al público.
Ahora bien, desde el Ministerio han habilitado un número de teléfono de información (900 20 22 22), y un simulador para conocer si el prestacionista cumple los requisitos necesarios.
En el caso de que no se disponga de un sistema de identificación electrónica, sería posible, de manera excepcional presentar escritos y solicitudes a través de los siguientes servicios:
- Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Instituto Nacional de la Seguridad Social)
- Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Instituto Social de la Marina)
- Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Tesorería General de la Seguridad Social)
Las solicitudes presentadas para la obtención del Ingreso Mínimo Vital, durante los tres primeros mese tendrán efectos económicos desde el 1 de junio de 2020
Según podemos leer en la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social, y Migraciones, acerca de las solicitudes del Ingreso Mínimo Vital:
“Para dar tiempo a que los interesados puedan disponer de la información y documentación necesarias y evitar la pérdida de derechos, las solicitudes presentadas durante los tres primeros meses (hasta el 15 de septiembre de 2020) tendrán, si son aprobadas, efectos económicos desde el 1 de junio de 2020, siempre que los requisitos se cumplan en dicha fecha. En caso de no cumplirlos en esa fecha, los efectos económicos se fijarán el día primero del mes siguiente a aquel en que se cumplan los requisitos.”
Fuente: TGSS
Principales claves del Ingreso Mínimo Vital
Según podemos leer en Civio.es:
Es compatible con otras prestaciones o ingresos, lo que significa que quienes cumplan las condiciones para acceder a él recibirán la diferencia entre lo que cobran y ese umbral mínimo.
En el artículo podréis leer todas las claves…