¿Quieres conocer las principales novedades en las declaraciones informativas que tendrán las pequeñas y medianas empresas?

Pues bien, en el artículo de hoy, desde nuestra asesoría en Lugo, queremos profundizar en las principales novedades que se darán en este año en las declaraciones informativas que viviremos este año. Y, para ello, nos servimos de un artículo que encontramos en la plataforma CEF- Fiscal Impuestos.

De esta manera, según podemos leer en CEF:

“La demanda de declaraciones informativas que la Agencia Tributaria realiza a las pymes se concentra en los primeros meses del año, en los que estas empresas tienen que presentar varios tipos de modelos tributarios, algunos puramente informativos y otros que son un resumen de las diferentes liquidaciones tributarias que se presentan a lo largo del año de manera periódica.”

En ellas encontramos un “resumen de los datos que ya se han declarado en las liquidaciones que los contribuyentes han presentado periódicamente, siendo el modelo 347 la declaración más puramente informativa y que proporciona nuevos datos a la Agencia Tributaria, aunque desde la implantación del SII, muchos de estos datos ya los tiene Hacienda, al facilitárselos en tiempo casi real las empresas que utilizan este sistema.”

Ahora bien, debemos prestar especial atención a las declaraciones informativas, y es que los errores en ellas son sancionables y el hecho de que haya una incongruencia en los datos presentados, puede derivar en la apertura de un proceso de inspección tributaria. “Las principales declaraciones informativas que tienen que presentar las pymes anualmente son los modelos 180, 190, 390 y 347, mientras que el modelo 349 se presenta mensualmente o trimestralmente.”

¿Qué vías tenemos para presentar las declaraciones?

“Las declaraciones informativas se presentan mediante un sistema denominado “TGVI Online” (transmisión de grandes volúmenes de información), que permite validar la declaración en el mismo momento de su presentación, para lo cual este sistema de presentación no permite errores. Este sistema de presentación facilita dos vías para realizar dicha presentación, en función del número de registros a presentar:”

  • Hasta 40.000 registros. Se puede utilizar un formulario web de ayuda a la cumplimentación que facilita la presentación del modelo. No todos los modelos disponen de este formulario web de presentación, pero sí los principales modelos de declaraciones informativas que presentan las pymes: modelos 180, 190, 347 y 349.
  • A partir de 40.000 registros. Es necesario la “subida” de un fichero en un formulario que se valida en línea por el sistema. Esta forma de presentación puede utilizarse para presentar cualquier fichero de información con independencia del tamaño, pero su utilización es obligatoria a partir de los 40.000 registros.

¿Qué calendario tenemos para la presentación de las declaraciones informativas?

Pues bien, aquí tenemos una novedad y es que, como el día 31 de enero y el 28 de febrero caen en domingo, se trasladan al siguiente día hábil las declaraciones que deberían presentarse como máximo en estos días.

De esta manera, encontramos que:

  1. Tenemos hasta el 1 de febrero, para presentar, entre otros, los siguientes modelos:
  • Modelo 180.Declaración informativa. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. Resumen anual.
  • Modelo 190.Declaración informativa. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de rentas. Resumen anual.
  • Modelo 390.Declaración resumen anual de IVA.
  1. Mientras que la declaración anual de operaciones con terceros mediante el modelo 347 se puede realizar hasta el 1 de marzo.

Principales novedades en las declaraciones del 2020

Lo cierto es que tenemos pocas novedades en lo que a este tema respeta, ahora bien, encontramos que:

“En el modelo 180 tan solo se modifica el campo «situación del inmueble», con la finalidad de actualizar los actuales códigos de situación de los inmuebles incluidos en dicha declaración.

 

 

 

 

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