Existen organismos de la Administración Pública que realizan sus notificaciones de forma electrónica y no por correo certificado.
Los autónomos y entidades disponen de diez días hábiles para leer las notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social. Si no se accede a ellas en dicho plazo se consideran igualmente como notificadas.
Podemos ayudarte en este trámite para buscar la tranquilidad de tu empresa o entidad
Gestionamos las notificaciones electrónicas obligatorias de la Agencia Tributaria y Seguridad Social y los certificados digitales
Ponte en contacto con nosotros ahora a través de nuestro formulario de contacto y te informaremos sin ningún compromiso.